Comentario de texto: Discurso de Luis XV
Estamos ante un texto histórico-circunstancial, pues es un discurso pronunciado por Luis XV en el cual
él mismo evoca sus ideas sobre el sistema político de la época; clasificando así el escrito como un texto
político.
Se trata de un documento de difusión general en el que el propio Luis XV actúa como autor. Este fue el
penúltimo rey de Francia, y reinó de 1715 a 1774 bajo una monarquía absolutista. Luis XV, era el tercer
hijo del matrimonio conformado por Luis, Duque de Borgoña, y María de Saboya. Con tan solo 5 años,
accedió al trono dejando a Felipe de Orleáns como el encargado de presidir el Consejo Real que tomaría
las decisiones hasta que alcanzara la mayoría edad. En 1723, Luis asumió el poder efectivo, aunque
siempre fue una persona débil que debió delegar en asesores el ejercicio del poder. Sus ministros fueron
primero, el duque de Borbón y después el cardenal Fleury, defensor del absolutismo monárquico.
Cuando este último falleció, intentó gobernar solo. Su gobierno se caracterizó por el lujo de su corte y por
dejar crecer la influencia política de sus sucesivas amantes. También fue inconstante en política exterior.
Finalmente, murió dejando a Luis XVI como sucesor.
Durante su largo reinado, abundante en cambios de gobierno y en intrigas, fue convirtiéndose en un
monarca impopular, cometió frecuentes errores y abusos de autoridad que contribuyeron en buen grado
a desprestigiar a la Monarquía y crear en el pueblo el sentimiento de rechazo hacia la Corona que se
manifestó durante el reinado de su sucesor dando lugar posteriormente a la Revolución Francesa,
conflicto social y político que enfrentó a partidarios y opositores del Antiguo Régimen, un periodo que se
desarrolló en Europa durante los siglos XVII y XVIII.
En su alegato, Luis expone que todo el poder de Francia está concentrado en él, y este es inalienable.
Las decisiones, las leyes y la autoridad están basadas en sus ideales y necesitan su aprobación para
ser ejecutadas.
Haciendo hincapié en el concepto de monarquía absolutista, el autor reitera la exclusividad del poder en
frases como “Es solo en mi persona donde reside el poder soberano” y similares. Además, delimita
ese poder soberano en el espíritu de consejo, justicia y razón. También aclara que ese poder no puede
invertire y que siempre será él el que lo posea. Asimismo expone su dominio del poder legislativo y
legal, pues él es quien forma las leyes y las Cortes quien las lleva a cabo. Por último, manifiesta el
vínculo existente entre los derechos e intereses de la nación y los suyos propios, puesto que él se
hace cargo de las tareas de orden público propias de un cuerpo especializado que trabaja al margen
del monarca. Todos estos fundamentos son propios y característicos del absolutismo, que es
totalmente diferente a otros sistemas monárquicos, como el feudalismo, una forma de organización
social y política basada en las relaciones de vasallaje entre los vasallos y los señores feudales.
Políticamente, el feudalismo se caracterizaba por la descentralización del poder, el papel influyente de
la Iglesia y el poder que ejercía la nobleza a través de relaciones de lealtad y protección que ofrecían
al rey a cambio de dominios y títulos nobiliarios. A nivel social, la sociedad estaba jerarquizada en
estamentos sociales, circunstancia que no varía en el absolutismo. La existencia de 3 estamentos
provoca la desigualdad de la población en diversos aspectos; y a pesar de, en el feudalismo, las
clases altas tener un poder limitado, este poder es inexistente en el absolutismo, y es motivo de
conflicto.
Por lo tanto, y como consecuencia a todo lo dicho anteriormente, el pueblo francés no tenía ningún tipo
de derecho ni posibilidad de ejercer algún cargo que implicara tomar decisiones, puesto que estas
estaban en posesión del monarca, en este caso Luis XV. En definitiva, el absolutismo marca un
periodo dirigido por una persona para el resto, en donde las desigualdades sociales eran desmesuradas
y como consecuencia pronto llegarían etapas de cambio como la Revolución Francesa.
Antía Rodríguez
Noelia Valín
Julieta Vélez
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